RE: Ancianos de 21 años , no no es broma -
JOSELITO - 21 Jan, 2025
(21 Jan, 2025, 08:00 PM)YuriGagarin escribió: (20 Jan, 2025, 10:33 PM)JOSELITO escribió: ...por muy maduro que sea alguien de esa edad como actuará si existe un caso de abuso dentro de la congregación , seguramente a esa edad es soltero y que pasará cuando le toque dar consejo sobre cuestiones maritales o atender un comité por inmoralidad ,por esto y más desde mi punto de vista el chiste se cuenta solo
Pues que no podra dar consejo. O si lo da, sera inventando.
Pero en una religion que inventa su doctrina... ¿que mas da una invencion mas o menos?
Buen punto que mas da una raya más al tigre ,imagínate un niño de 21 queriendo dar consejo a alguien que ya lo fue y ahora cuestiona y critica todo ,más fácil que al niño le de miedo hablarle
RE: Ancianos de 21 años , no no es broma -
YuriGagarin - 22 Jan, 2025
(21 Jan, 2025, 08:50 PM)JOSELITO escribió: Buen punto que mas da una raya más al tigre ,imagínate un niño de 21 queriendo dar consejo a alguien que ya lo fue y ahora cuestiona y critica todo ,más fácil que al niño le de miedo hablarle
Miedo no creo. A un chavalito que le dan poder supremo y cuasidivino, a poco que sea un poco "venido arriba" se va a pensar que el mismo diosito habla por su boca. Y como la ignorancia es atrevida, no le faltarán ganas y opciones de sacar a pasear la autoridad que los mismísimos 11 viejitos de Warwick le han concedido.
Otra cosa bien diferente es que el aconsejado se ria, revolcándose en el suelo, del niño instructor, de los viejos de warwick y de toda la patraña esta... que puede pasar y pasará en algún caso, que el aconsejado le diga al aconsejador el famoso refrán castellano:
"Vas a enseñar tu a padre a hacer hijos?"
Pues eso.
Una muestra mas que el chiringuito, muy poco a poco, se va desmoronando.
RE: Ancianos de 21 años , no no es broma -
BlasBlas2021 - 22 Jan, 2025
No me parece que intervengan estos ANCIANOS JÓVENES en casos de abusos, inmoralidad, cuestiones familiares o cuestiones maritales.
Sin embargo,
SÍ creo que
DEN CONSEJOS en los casos de
REALIZAR O NO ESTUDIOS SUPERIORES, O UN TRABAJO BIEN PAGO PERO QUE LE QUITA TIEMPO A LAS ACTIVIDADES ESPIRITUALES.
Estos
ANCIANOS JÓVENES serían usados como
ejemplos de cuanto
puedes progresar en lo que realmente es importante y
DESALENTAR LOS ESTUDIOS SUPERIORES Y/O TRABAJOS BIEN REMUNERADOS.
Saco esta conclusión de 2 estudios de La Atalaya:
- La Atalaya OCTUBRE 2024 Artículo de estudio 43
- La Atalaya NOVIEMBRE 2024 Artículo de estudio 45
La Atalaya OCTUBRE 2024 Artículo de estudio 43 (del 30 de diciembre de 2024 al 5 de enero de 2025)
Enlace párrafo 13:
https://wol.jw.org/es/wol/d/r4/lp-s/2024608#h=22
[...]Por otro lado, en realidad no hay forma de saber cómo hubiera sido su vida si hubiera tomado otras decisiones. Pero hay algo que sí sabemos: a quienes toman decisiones por amor a Jehová y al prójimo jamás les faltará nada que de verdad valga la pena.
DESCRIPCIÓN DE LAS IMÁGENES: Un hermano se imagina en el Paraíso mientras limpia una ventana para ganar dinero para mantener a su familia.
La Atalaya NOVIEMBRE 2024 Artículo de estudio 45 (del 13 al 19 de enero de 2025)
Pregunta del párrafo 13
¿Cómo consiguió Carmen tener éxito en la vida?
Enlace párrafo 13:
https://wol.jw.org/es/wol/d/r4/lp-s/2024641#h=21
Carmen, que vive en Mozambique, pensaba que la clave del éxito era la educación superior.[...]“Después de recibir buenos consejos de hermanos maduros y de mi madre, decidí dejar la universidad y servir a Jehová a tiempo completo. Gracias a eso, pude tomar las mejores decisiones de mi vida. Y no me arrepiento de nada”.
Entonces, si tenemos en cuenta lo dicen los 2 artículos de La Atalaya, SON PÉSIMAS DECISIONES TENER UN BUEN TRABAJO Y/O EDUCACIÓN SUPERIOR.
Y si además le sumamos los "SABIOS CONSEJOS de ANCIANOS JÓVENES" (que han conseguido el verdadero éxito en la vida , según el CG), siendo ELLOS LOS MEJORES EJEMPLOS DE SER EXITOSO EN LA VIDA, es que considero que esa será una de la funciones que deberán cumplir: DESALENTAR CUALQUIER CLASE DE PROGRESO PERSONAL FUERA DE LO QUE PIDE EL CUERPO GOBERNANTE.
Esto que menciono me hizo recordar una época nefasta que vivió mi país, ARGENTINA, durante el Régimen Militar que tuvimos hasta la llegada de la democracia en 1983.
El cantautor PIERO compuso la canción
Para El Pueblo Lo Que Es Del Pueblo
En una de sus estrofas decía:
Estudiar era un pecado
Clandestino era saber
Porque cuando el pueblo sabe
No lo engaña un brigadier
Con el permiso de PIERO y haciendo una pequeña adaptación, esa estrofa para nosotros sería algo así:
Estudiar es un pecado
Y muy malo es saber
Porque cuando el Testigo sabe
No lo engaña el Cuerpo Gobernanté
¡Saludos!
RE: Ancianos de 21 años , no no es broma -
YuriGagarin - 22 Jan, 2025
(22 Jan, 2025, 12:54 PM)BlasBlas2021 escribió: Estos ANCIANOS JÓVENES serían usados como ejemplos de cuanto puedes progresar en lo que realmente es importante y DESALENTAR LOS ESTUDIOS SUPERIORES Y/O TRABAJOS BIEN REMUNERADOS.
Esta no la vi venir. Toda la razon. Esa va a ser la meta, si... Desalentar que la gente aprenda para que nunca desarrollen pensamiento critico. Saben que cuando hay pensamiento critico, no puede haber sumision.
Creo que le acertaste al pleno.
RE: Cambio en la edad mínima para nombrar A y SM -
OSDAVID - 23 Jan, 2025
Mas reglas .....al fin la WT se convertirá en una librería . abrazo grande
RE: Cambio en la edad mínima para nombrar A y SM -
elohim2002 - 28 Jan, 2025
(23 Jan, 2025, 07:49 AM)OSDAVID escribió: Mas reglas .....al fin la WT se convertirá en una librería . abrazo grande
Más que una biblioteca se va a convertir en un netflix "espiritual".
RE: Cambio en la edad mínima para nombrar A y SM -
Anciano Restaurado - 06 Feb, 2025
(16 Jan, 2025, 04:11 PM)A Anciano Señalado escribió: ¿Qué razones puede haber tras tal decisión?
1. La más segura, las implicaciones legales que pueda tener el asunto. Aunque los ancianos y siervos ministeriales no son registrados como ministros religiosos ante el césar, en la práctica lo son, y en el caso Montana tuvieron que admitir que siempre sí, que Ancianos y SM son ministros religiosos. Por mi circuito ya se estaban dando casos de niños de 16, y 17 años siendo nombrados Ministeriales, y Ancianos de 20 años.
El documento de
Anuncios y recordatorios de Febrero 2025 - S-147_S_202502.pdf confirma las motivaciones detrás de la decisión de revertir los nombramientos de Siervos Ministeriales de 15 años a 18, es decir, a la mayoría de edad.
Para ser exactos, transcribo el numeral 8 de dicha misiva y me tomo la libertad de poner en cursiva la palabra o frase clave de cada idea:
7. Siervos ministeriales menores de 18 años. Como se indicó en el anuncio para las congregaciones del 15 de enero pasado, un hermano bautizado debe tener por lo menos 18 años para ser nombrado siervo ministerial. Sin embargo,
quienes fueron nombrados siervos ministeriales antes de esa edad pueden seguir siéndolo.
8. Compartimos algunas precauciones y recordatorios que afectan a los siervos ministeriales menores de 18 años y a la forma en que se les puede usar en la congregación.
Les rogamos que tengan en cuenta estos puntos y que los analicen con cada siervo ministerial menor de 18 años junto a uno de sus padres o tutores.
1) Al trabajar con un siervo ministerial joven, siempre se debe
respetar la autoridad de sus padres.
2) Un anciano
nunca debe trabajar a solas con un siervo ministerial menor de 18 años. Sean perspicaces y
no hagan nada que pudiera malinterpretarse o considerarse moralmente cuestionable (w17.05 pág. 12 párr. 19).
3) A los siervos ministeriales por debajo de esta edad
nunca se les encomendarán funciones que impliquen supervisar o dirigir a otros. Usen su buen juicio para asignarle tareas en armonía con su edad y capacidad.
4) Pueden encargárseles trabajos como colaborar en la limpieza del Salón del Reino, pasar micrófonos o manejar el equipo de sonido durante las reuniones de la congregación, o ayudar con las publicaciones y los territorios
inmediatamente antes y después de las reuniones en el Salón del Reino.
Análisis de lo anterior
Extraigo de mi lectura, porque todavía no se ha conversado este tema con el cuerpo de ancianos, las siguientes conclusiones:
- Las implicaciones del cambio son legales. Basta ver que se exige el conversar estos asuntos con los siervos ministeriales menores de 18 junto a sus representantes legales (padres, tíos u otro tutor).
- Se busca disminuir el número de abusos (de autoridad/laboral, sexual, etc) a menores de edad.
- Se busca evitar una co-relación entre "apoyo espiritual" y "carga laboral", pues ya no tendrán funciones de supervisión o dirección de personal (publicadores).
- El numeral 4 reduce las funciones del siervo ministerial al trabajo de niño en medio de la congregación, al señalar las tareas que puede realizar solo en los días de reuniones. Como señalaba la carta anterior, sólo podrán hacerlo bajo el permiso de sus padres, lo que los pone en igual condición a los infantes que llevan micrófonos, entregan revistas a los visitantes y controlan la consola de sonido.
RE: Cambio en la edad mínima para nombrar A y SM -
Anónimo310116 - 06 Feb, 2025
(06 Feb, 2025, 12:17 PM)Anciano Restaurado escribió: (16 Jan, 2025, 04:11 PM)A Anciano Señalado escribió: ¿Qué razones puede haber tras tal decisión?
1. La más segura, las implicaciones legales que pueda tener el asunto. Aunque los ancianos y siervos ministeriales no son registrados como ministros religiosos ante el césar, en la práctica lo son, y en el caso Montana tuvieron que admitir que siempre sí, que Ancianos y SM son ministros religiosos. Por mi circuito ya se estaban dando casos de niños de 16, y 17 años siendo nombrados Ministeriales, y Ancianos de 20 años.
El documento de Anuncios y recordatorios de Febrero 2025 - S-147_S_202502.pdf confirma las motivaciones detrás de la decisión de revertir los nombramientos de Siervos Ministeriales de 15 años a 18, es decir, a la mayoría de edad.
Para ser exactos, transcribo el numeral 8 de dicha misiva y me tomo la libertad de poner en cursiva la palabra o frase clave de cada idea:
7. Siervos ministeriales menores de 18 años. Como se indicó en el anuncio para las congregaciones del 15 de enero pasado, un hermano bautizado debe tener por lo menos 18 años para ser nombrado siervo ministerial. Sin embargo, quienes fueron nombrados siervos ministeriales antes de esa edad pueden seguir siéndolo.
8. Compartimos algunas precauciones y recordatorios que afectan a los siervos ministeriales menores de 18 años y a la forma en que se les puede usar en la congregación. Les rogamos que tengan en cuenta estos puntos y que los analicen con cada siervo ministerial menor de 18 años junto a uno de sus padres o tutores.
1) Al trabajar con un siervo ministerial joven, siempre se debe respetar la autoridad de sus padres.
2) Un anciano nunca debe trabajar a solas con un siervo ministerial menor de 18 años. Sean perspicaces y no hagan nada que pudiera malinterpretarse o considerarse moralmente cuestionable (w17.05 pág. 12 párr. 19).
3) A los siervos ministeriales por debajo de esta edad nunca se les encomendarán funciones que impliquen supervisar o dirigir a otros. Usen su buen juicio para asignarle tareas en armonía con su edad y capacidad.
4) Pueden encargárseles trabajos como colaborar en la limpieza del Salón del Reino, pasar micrófonos o manejar el equipo de sonido durante las reuniones de la congregación, o ayudar con las publicaciones y los territorios inmediatamente antes y después de las reuniones en el Salón del Reino.
Análisis de lo anterior
Extraigo de mi lectura, porque todavía no se ha conversado este tema con el cuerpo de ancianos, las siguientes conclusiones:
- Las implicaciones del cambio son legales. Basta ver que se exige el conversar estos asuntos con los siervos ministeriales menores de 18 junto a sus representantes legales (padres, tíos u otro tutor).
- Se busca disminuir el número de abusos (de autoridad/laboral, sexual, etc) a menores de edad.
- Se busca evitar una co-relación entre "apoyo espiritual" y "carga laboral", pues ya no tendrán funciones de supervisión o dirección de personal (publicadores).
- El numeral 4 reduce las funciones del siervo ministerial al trabajo de niño en medio de la congregación, al señalar las tareas que puede realizar solo en los días de reuniones. Como señalaba la carta anterior, sólo podrán hacerlo bajo el permiso de sus padres, lo que los pone en igual condición a los infantes que llevan micrófonos, entregan revistas a los visitantes y controlan la consola de sonido.
Exelente información, muy interesante, tomando esto nos podrías compartir los anuncios y recordatorios de febrero, el documento, que aún no está en el foro. Gracias.
RE: Cambio en la edad mínima para nombrar A y SM -
Pablo Lopez M - 06 Feb, 2025
(06 Feb, 2025, 12:17 PM)Anciano Restaurado escribió: (16 Jan, 2025, 04:11 PM)A Anciano Señalado escribió: ¿Qué razones puede haber tras tal decisión?
1. La más segura, las implicaciones legales que pueda tener el asunto. Aunque los ancianos y siervos ministeriales no son registrados como ministros religiosos ante el césar, en la práctica lo son, y en el caso Montana tuvieron que admitir que siempre sí, que Ancianos y SM son ministros religiosos. Por mi circuito ya se estaban dando casos de niños de 16, y 17 años siendo nombrados Ministeriales, y Ancianos de 20 años.
El documento de Anuncios y recordatorios de Febrero 2025 - S-147_S_202502.pdf confirma las motivaciones detrás de la decisión de revertir los nombramientos de Siervos Ministeriales de 15 años a 18, es decir, a la mayoría de edad.
Para ser exactos, transcribo el numeral 8 de dicha misiva y me tomo la libertad de poner en cursiva la palabra o frase clave de cada idea:
7. Siervos ministeriales menores de 18 años. Como se indicó en el anuncio para las congregaciones del 15 de enero pasado, un hermano bautizado debe tener por lo menos 18 años para ser nombrado siervo ministerial. Sin embargo, quienes fueron nombrados siervos ministeriales antes de esa edad pueden seguir siéndolo.
8. Compartimos algunas precauciones y recordatorios que afectan a los siervos ministeriales menores de 18 años y a la forma en que se les puede usar en la congregación. Les rogamos que tengan en cuenta estos puntos y que los analicen con cada siervo ministerial menor de 18 años junto a uno de sus padres o tutores.
1) Al trabajar con un siervo ministerial joven, siempre se debe respetar la autoridad de sus padres.
2) Un anciano nunca debe trabajar a solas con un siervo ministerial menor de 18 años. Sean perspicaces y no hagan nada que pudiera malinterpretarse o considerarse moralmente cuestionable (w17.05 pág. 12 párr. 19).
3) A los siervos ministeriales por debajo de esta edad nunca se les encomendarán funciones que impliquen supervisar o dirigir a otros. Usen su buen juicio para asignarle tareas en armonía con su edad y capacidad.
4) Pueden encargárseles trabajos como colaborar en la limpieza del Salón del Reino, pasar micrófonos o manejar el equipo de sonido durante las reuniones de la congregación, o ayudar con las publicaciones y los territorios inmediatamente antes y después de las reuniones en el Salón del Reino.
Análisis de lo anterior
Extraigo de mi lectura, porque todavía no se ha conversado este tema con el cuerpo de ancianos, las siguientes conclusiones:
- Las implicaciones del cambio son legales. Basta ver que se exige el conversar estos asuntos con los siervos ministeriales menores de 18 junto a sus representantes legales (padres, tíos u otro tutor).
- Se busca disminuir el número de abusos (de autoridad/laboral, sexual, etc) a menores de edad.
- Se busca evitar una co-relación entre "apoyo espiritual" y "carga laboral", pues ya no tendrán funciones de supervisión o dirección de personal (publicadores).
- El numeral 4 reduce las funciones del siervo ministerial al trabajo de niño en medio de la congregación, al señalar las tareas que puede realizar solo en los días de reuniones. Como señalaba la carta anterior, sólo podrán hacerlo bajo el permiso de sus padres, lo que los pone en igual condición a los infantes que llevan micrófonos, entregan revistas a los visitantes y controlan la consola de sonido.
Muchas gracias por la informacion
Anciano Restaurado
Tengo una duda respecto al punto 8.3. Esto implica que no se les puede asignar para que dirijan los grupos de predicacion?
RE: Cambio en la edad mínima para nombrar A y SM -
Anciano Restaurado - 06 Feb, 2025
(06 Feb, 2025, 02:55 PM)Pablo Lopez M escribió: (06 Feb, 2025, 12:17 PM)Anciano Restaurado escribió: (16 Jan, 2025, 04:11 PM)A Anciano Señalado escribió: ¿Qué razones puede haber tras tal decisión?
1. La más segura, las implicaciones legales que pueda tener el asunto. Aunque los ancianos y siervos ministeriales no son registrados como ministros religiosos ante el césar, en la práctica lo son, y en el caso Montana tuvieron que admitir que siempre sí, que Ancianos y SM son ministros religiosos. Por mi circuito ya se estaban dando casos de niños de 16, y 17 años siendo nombrados Ministeriales, y Ancianos de 20 años.
El documento de Anuncios y recordatorios de Febrero 2025 - S-147_S_202502.pdf confirma las motivaciones detrás de la decisión de revertir los nombramientos de Siervos Ministeriales de 15 años a 18, es decir, a la mayoría de edad.
Para ser exactos, transcribo el numeral 8 de dicha misiva y me tomo la libertad de poner en cursiva la palabra o frase clave de cada idea:
7. Siervos ministeriales menores de 18 años. Como se indicó en el anuncio para las congregaciones del 15 de enero pasado, un hermano bautizado debe tener por lo menos 18 años para ser nombrado siervo ministerial. Sin embargo, quienes fueron nombrados siervos ministeriales antes de esa edad pueden seguir siéndolo.
8. Compartimos algunas precauciones y recordatorios que afectan a los siervos ministeriales menores de 18 años y a la forma en que se les puede usar en la congregación. Les rogamos que tengan en cuenta estos puntos y que los analicen con cada siervo ministerial menor de 18 años junto a uno de sus padres o tutores.
1) Al trabajar con un siervo ministerial joven, siempre se debe respetar la autoridad de sus padres.
2) Un anciano nunca debe trabajar a solas con un siervo ministerial menor de 18 años. Sean perspicaces y no hagan nada que pudiera malinterpretarse o considerarse moralmente cuestionable (w17.05 pág. 12 párr. 19).
3) A los siervos ministeriales por debajo de esta edad nunca se les encomendarán funciones que impliquen supervisar o dirigir a otros. Usen su buen juicio para asignarle tareas en armonía con su edad y capacidad.
4) Pueden encargárseles trabajos como colaborar en la limpieza del Salón del Reino, pasar micrófonos o manejar el equipo de sonido durante las reuniones de la congregación, o ayudar con las publicaciones y los territorios inmediatamente antes y después de las reuniones en el Salón del Reino.
Análisis de lo anterior
Extraigo de mi lectura, porque todavía no se ha conversado este tema con el cuerpo de ancianos, las siguientes conclusiones:
- Las implicaciones del cambio son legales. Basta ver que se exige el conversar estos asuntos con los siervos ministeriales menores de 18 junto a sus representantes legales (padres, tíos u otro tutor).
- Se busca disminuir el número de abusos (de autoridad/laboral, sexual, etc) a menores de edad.
- Se busca evitar una co-relación entre "apoyo espiritual" y "carga laboral", pues ya no tendrán funciones de supervisión o dirección de personal (publicadores).
- El numeral 4 reduce las funciones del siervo ministerial al trabajo de niño en medio de la congregación, al señalar las tareas que puede realizar solo en los días de reuniones. Como señalaba la carta anterior, sólo podrán hacerlo bajo el permiso de sus padres, lo que los pone en igual condición a los infantes que llevan micrófonos, entregan revistas a los visitantes y controlan la consola de sonido.
Muchas gracias por la informacion Anciano Restaurado
Tengo una duda respecto al punto 8.3. Esto implica que no se les puede asignar para que dirijan los grupos de predicacion?
Tal como señalé en la respuesta, la carta aún no ha sido comentada en reunión del cuerpo de ancianos, por lo que la interpretación es personal.
En ese sentido, considero que a dichos siervos ministeriales no se les encargaría:
- Partes de la enseñanza en VyMC (solo Busquemos perlas escondidas, asignaciones estudiantiles o lectura del Estudio de Libro o La Atalaya).
- Discursos públicos.
- Presidir una reunión (ni de fin de semana, ni entre semana ni grupo de predicación).
- Respecto a la predicación, solo podrían coordinar los territorios dentro del Salón del Reino, eso significa tener acceso a la carpeta y escribir el registro de las tarjetas.
- Tampoco podrían acompañar a un anciano a una visita de estímulo, pues eso significaría "supervisar" a otros miembros de la congregación.
Pero como las circunstancias de las congregaciones son diferentes en cada lugar, creo que esas instrucciones se olvidarán pronto o ni siquiera se tomarán en cuenta, sobre todo en la predicación, porque al no haber otro varón bautizado, y como un niño tiene más valor que una precursora, entonces el niño hará la consideración y sacará y dirigirá al grupo. Eso es lo que veo venir.
RE: Cambio en la edad mínima para nombrar A y SM -
Anciano Señalado - 06 Feb, 2025
(06 Feb, 2025, 04:56 PM)Anciano Restaurado escribió: (06 Feb, 2025, 02:55 PM)Pablo Lopez M escribió: (06 Feb, 2025, 12:17 PM)Anciano Restaurado escribió: El documento de Anuncios y recordatorios de Febrero 2025 - S-147_S_202502.pdf confirma las motivaciones detrás de la decisión de revertir los nombramientos de Siervos Ministeriales de 15 años a 18, es decir, a la mayoría de edad.
Para ser exactos, transcribo el numeral 8 de dicha misiva y me tomo la libertad de poner en cursiva la palabra o frase clave de cada idea:
7. Siervos ministeriales menores de 18 años. Como se indicó en el anuncio para las congregaciones del 15 de enero pasado, un hermano bautizado debe tener por lo menos 18 años para ser nombrado siervo ministerial. Sin embargo, quienes fueron nombrados siervos ministeriales antes de esa edad pueden seguir siéndolo.
8. Compartimos algunas precauciones y recordatorios que afectan a los siervos ministeriales menores de 18 años y a la forma en que se les puede usar en la congregación. Les rogamos que tengan en cuenta estos puntos y que los analicen con cada siervo ministerial menor de 18 años junto a uno de sus padres o tutores.
1) Al trabajar con un siervo ministerial joven, siempre se debe respetar la autoridad de sus padres.
2) Un anciano nunca debe trabajar a solas con un siervo ministerial menor de 18 años. Sean perspicaces y no hagan nada que pudiera malinterpretarse o considerarse moralmente cuestionable (w17.05 pág. 12 párr. 19).
3) A los siervos ministeriales por debajo de esta edad nunca se les encomendarán funciones que impliquen supervisar o dirigir a otros. Usen su buen juicio para asignarle tareas en armonía con su edad y capacidad.
4) Pueden encargárseles trabajos como colaborar en la limpieza del Salón del Reino, pasar micrófonos o manejar el equipo de sonido durante las reuniones de la congregación, o ayudar con las publicaciones y los territorios inmediatamente antes y después de las reuniones en el Salón del Reino.
Análisis de lo anterior
Extraigo de mi lectura, porque todavía no se ha conversado este tema con el cuerpo de ancianos, las siguientes conclusiones:
- Las implicaciones del cambio son legales. Basta ver que se exige el conversar estos asuntos con los siervos ministeriales menores de 18 junto a sus representantes legales (padres, tíos u otro tutor).
- Se busca disminuir el número de abusos (de autoridad/laboral, sexual, etc) a menores de edad.
- Se busca evitar una co-relación entre "apoyo espiritual" y "carga laboral", pues ya no tendrán funciones de supervisión o dirección de personal (publicadores).
- El numeral 4 reduce las funciones del siervo ministerial al trabajo de niño en medio de la congregación, al señalar las tareas que puede realizar solo en los días de reuniones. Como señalaba la carta anterior, sólo podrán hacerlo bajo el permiso de sus padres, lo que los pone en igual condición a los infantes que llevan micrófonos, entregan revistas a los visitantes y controlan la consola de sonido.
Muchas gracias por la informacion Anciano Restaurado
Tengo una duda respecto al punto 8.3. Esto implica que no se les puede asignar para que dirijan los grupos de predicacion?
Tal como señalé en la respuesta, la carta aún no ha sido comentada en reunión del cuerpo de ancianos, por lo que la interpretación es personal.
En ese sentido, considero que a dichos siervos ministeriales no se les encargaría:- Partes de la enseñanza en VyMC (solo Busquemos perlas escondidas, asignaciones estudiantiles o lectura del Estudio de Libro o La Atalaya).
- Discursos públicos.
- Presidir una reunión (ni de fin de semana, ni entre semana ni grupo de predicación).
- Respecto a la predicación, solo podrían coordinar los territorios dentro del Salón del Reino, eso significa tener acceso a la carpeta y escribir el registro de las tarjetas.
- Tampoco podrían acompañar a un anciano a una visita de estímulo, pues eso significaría "supervisar" a otros miembros de la congregación.
Pero como las circunstancias de las congregaciones son diferentes en cada lugar, creo que esas instrucciones se olvidarán pronto o ni siquiera se tomarán en cuenta, sobre todo en la predicación, porque al no haber otro varón bautizado, y como un niño tiene más valor que una precursora, entonces el niño hará la consideración y sacará y dirigirá al grupo. Eso es lo que veo venir.
¿Recuerdan esta imagen del libro Original de los Jóvenes preguntan? Ahora esta imagen podría venirnos legítimamente a la mente si escuchamos que un Siervo Ministerial y una precursora se casaron.
RE: Cambio en la edad mínima para nombrar A y SM -
Julian - 06 Feb, 2025
Excelente hilo compañeros.
No es posible que solo nosotros cuestionemos está directriz desde diferentes aristas, excepto los TJ, o bien por carecer de sentido común, o bien por estar bien adoctrinados.
No es posible que viene algun anuncio nuevo desde la oficina sucursal, tratese de lo que se trate, sea un nuevo entendimiento, nuevo procedimiento, o cualquier ajuste o cambio, y el Testigo " solamente aplaude" todo lo que le digan.
No tengo duda alguna de que el cambio en edad viene en primer lugar para acaparar a los jovencitos de la congregación, quitándoles aspiraciones en el mundo de satanás y le den a Jehová lo mejor de ellos, son unos descarados. Quieren la sangre nueva y fresca, para mantener el negocio y la maquinaria en funcionamiento, sin importarles un comino el futuro ni los sueños personales de los jóvenes. Desean que hagan carrera en la empresa jw, aunque al final les paguen con una patada por dónde la espalda termina su nombre.
RE: Cambio en la edad mínima para nombrar A y SM -
DeadJPool - 20 Feb, 2025
Me da gracia que en una carta o algo así a los acomodadores de la reunión dijeron algo como: Los acomodadores deben estar dispuestos a dar la vida por los hermanos.
Y es cierto los acomodadores son casi lo que se considera en cualquier evento los de "seguridad"
¿El problema? Los menores de edad, los siervos ministeriales pueden y tienen que ejercer como acomodadores en reuniones, asamblea y etc.
Así que al nombrar siervos ministeriales menores de edad están dando libertad para utilizarlos como personal de "seguridad" en los eventos teocráticos, y lo digo por experiencia he visto varios muchachos de 16-17 años de acomodadores en asambleas y como siervos ministerial algo que legalmente está mal, y ya me daría a mí escalofríos saber que un evento de tal magnitud está siendo coordinada por muchachitos
Ah, y también casi lo olvido las salidas a predicar que no pueden ser dirigidas por menores de edad, de nuevo, anteriormente niños dirigiendo a otros por las peligrosas calles de una ciudad, terrible idea, ahora, siervos ministeriales menores de edad con restricciones por nombrarlos como no debían cuando no debían.