24 May, 2018, 09:03 PM
(24 May, 2018, 01:43 PM)Netineotraslapado escribió: Si ya fue readmitido no lo expulsan por el mismo "delito". Como ya han dicho, los comités son puro show. Yo no sé si legalmente se pueda hacer algo contra esos "juicios" algún abogado disidente que nos explique si se puede proceder legalmente vs un comité
se cita un detalle importante: los juicios y su caracter legal civil.
si bien esto es legislacion MEXICANA, las legislaciones de España y otros paises son muy similares.
en MExico, estan prohibidos los tribunales especiales, salvo el castrence(militar) y cuando por circunstancias extraordinarias sean creados por causa de guerra o similares.
los tribunales de Honor tambien estan prohibidos, tanto en españa como en Mexico.
http://mexico.leyderecho.org/tribunales-especiales/ <<< aqui informacion legal al respecto. en general, en latinoamerica y españa prohibidos, igual que en estados unidos. existe en EEUU sin embargo algo que no es tribunal, sino similar a la "Real Comision Australiana" integrada por diputados o senadores que no emite "juicios" sino "resoluciones", y estan sirven de base par ainiciar juicios. seria lo mas parecido a "tribunal especial" y que tiene caracter legal.
ahora, es interesante considerar
"Estos tribunales estaban conformados por iguales del enjuiciado, ya fueran militares, funcionarios civiles o componentes de los colegios profesionales. Su finalidad era juzgar la dignidad del sujeto para pertenecer a la profesión o cuerpo del que era miembro. Si resultaba declarado indigno, la persona era expulsada de la profesión o cuerpo, sin que pudiera interponer ningún tipo de recurso a la decisión del Tribunal.
En realidad estos tribunales no juzgaban actos aislados, sino que enjuiciaban conductas globales y opiniones acerca de si un individuo ostentaba la dignidad suficiente para pertenecer a ese cuerpo o profesión. El bien jurídico protegido no era el honor del enjuiciado, sino el honor del cuerpo o profesión a la que pertenecía."
https://www.laweblegal.com/que-son-los-t...-de-honor/ <<<Fuente
la misma fuente supracitada, dice lo siguiente:
"Los Tribunales de Honor se encuentran regulados en el artículo 26 de la vigente Constitución Española de 1978, que reza textualmente que “Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración Civil y de las organizaciones profesionales”. Se puede observar que la Constitución deja vía libre a los Tribunales de Honor en el ámbito castrense, pero la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, en su artículo 21.2 estableció que los Tribunales de Honor quedaban prohibidos en el ámbito militar, por lo que la supresión de estos tribunales actualmente es absoluta. Esta es por tanto la regulación básica en la normativa legal española."
ERGO, no estan admitidos los tribunales que ejercen la SWT, basados en el hecho de que la expulsion de dicha organizacion implica un rechazo de trato de parte de los feligreses a el enjuiciado.
en tal circunstancia, y dado que no es perseguida de oficio sino pro mera denuncia y por caso determinado, requiere que los implicados (enjuiciados) levanten demanda ante el tribunal mas cercano local a realizar la demanda... o un colectivo y representacion apra que deje implicacion de parte de la sala de justicia que no es un acto aislado, sino un acto consecutivo de la misma SWT y reglamentado por la misma.
CONCLUYENDO: los tribunales de este tipo(los de la SWT) estan prohibidos en casi todo el mundo. se requiere que un colectivo presente demanda o no hay accion legal contra la SWT/JWORG.
Si Lucifer fue capaz de incitar una rebelión en el cielo, eso significa celos, envidia y violencia en el cielo pese a prometerte un paraíso perfecto