11 Jan, 2019, 04:31 PM
(30 Aug, 2017, 10:12 PM)discipulo del Cristo escribió: ¿Y nada de informar ante la congregación cuando se muda un pedofilo convicto a la congregación?
Según se da a entender en la carta en el párrafo 21, la decisión de informar se tomará después que los ancianos hayan recibido asesoramiento del Departamento de Asuntos Legales e instrucción del Departamento de Servicio. De lejos se percibe que quieren proteger de los intereses de la WT o del abusador, antes que velar por la seguridad de los niños. Repugnante.
Carta “Protección de menores contra el abuso”, 1 de septiembre 2017:
“21. Mudanza a otra congregación. Cuando alguien sobre quien pesa una acusación de abuso sexual de menores (se haya probado o no) se mude de congregación, dos ancianos de la congregación original deben llamar inmediatamente al Departamento de Asuntos Legales y estar listos para facilitar el nombre de la nueva congregación, si lo saben. Se seguirá el mismo procedimiento incluso si la persona está expulsada o cuando se trate de un recluso que es trasladado a otro centro penitenciario o puesto en libertad. El Comité de Servicio de la Congregación no debe enviar ninguna información a la nueva congregación hasta que reciba asesoramiento del Departamento de Asuntos Legales e instrucciones del Departamento de Servicio”.