30 Apr, 2020, 04:11 AM
(29 Apr, 2020, 10:37 PM)Fenantreno1987 escribió: Esto no es una violación del habeas data? ¿Eso podría ser demandarle penalmente en Colombia?
en resumen, se puede demandar (y no solo en colombia) a las empresas, pero dificilmente a las personas. si bien en paises como Mexico y españa esta prohibido recolectar informacion personal o almacenarla sin permiso explicito, en la practica los numeros tratados de persona a persona adolecen de información de resguardo explicita.
es decir, alguien puede alegar que le dieron ese numero para llamar, por consentimiento, y a menos que haya una orden jurada/ratificada por juez de expresa confidencialidad y "no molestar (Colombia) no hay forma de demandar penalmente por recibir UNA llamada. Y, en todo caso, hay que presentar la demanda de acoso telefónico... lo cual imagino que como buen TJ, no realizaran los ofendidos.
Si Lucifer fue capaz de incitar una rebelión en el cielo, eso significa celos, envidia y violencia en el cielo pese a prometerte un paraíso perfecto