Hace 2 horas
(Hace 3 horas)Pablo Lopez M escribió: Hola Jim90
Bueno va a depender de la situacion. Aqui solo das reseñas genericas y me parece bien que mantengas discrecion. Solo te puedo decir que la sucursal puede tomar accion en caso haya evidencia suficiente que tus actos sean punibles de un pecado craso, y, tambien tomar accion en caso se trate de una decsion que demuestre falta de buen juicio (si es que tienes una posicion de responsabilidad en la congregacion), pero, ellos actuaran unicamente si tienen informacion verificable de la acusacion. Generalmente no dan atencion a cartas de personas ajenas a la organizacion, si es que estas se escudan en el anonimato o presentan informacion no verificable. Si hubiera algun indicio de veracidad en la carta, lo que hacen es derivarlo al CA de la congre del publicador para que ellos le den atencion y ahi se cierra el caso. La sucursal no decide ni toma accion de manera unilateral en casos como estos, siempre lo deriva a la congre y si el caso es complejo lo manda al viajero para su atencion y seran ellos que decidan sobre el tema y, si es solicitado, enviaran un informe a la sucursal.
Es lo que te puedo decir respecto a tu consulta
La acusación en este caso no es pecado craso, es solo un grupo de personas que a su criterio personal les parece ofensiva esa decision personal, y pretenden juntar adeptos para causar ruido y poder justificar que ya no se cumplen los requisitos de nombramiento por ya no estar libres de acusacion ni de buena reputacion, como una mala reputacion artificial creada por ellos mismos para que en automatico buscar mi baja. No estan en el anonimato, se presenta 1 persona en representacion de este supuesto grupo de personas para exponer su descontento.


