16 May, 2017, 04:12 AM
10 Respuesta de la Organización de los Testigos de Jehová al Abuso Sexual Infantil
Teniendo en cuenta las diversas cuestiones que hemos tratado en este informe, hemos llegado a varias conclusiones generales sobre la respuesta de la organización de los Testigos de Jehová al abuso sexual infantil.
No consideramos que la organización de los Testigos de Jehová sea una organización que responda adecuadamente al abuso sexual infantil. No creemos que los niños estén adecuadamente protegidos del riesgo de abuso sexual por los siguientes motivos:
• La organización se basa en políticas y prácticas anticuadas para responder a alegaciones de abuso sexual de menores. Además, esas políticas y prácticas no están sujetas a una revisión continua y regular. Las políticas y prácticas son, en general, totalmente inadecuadas y no aptas para la aplicación en casos de abuso sexual infantil. La retención y aplicación continua por parte de la organización de políticas como la regla de los dos testigos en casos de abuso sexual infantil, muestra una seria falta de entendimiento de la naturaleza del abuso sexual infantil.
• El sistema disciplinario interno de la organización para atender las demandas de abuso sexual infantil no está centrado en los niños ni en los supervivientes, puesto que está presidido por hombres y ofrece al superviviente poca o ninguna elección sobre cómo se atienden sus demandas.
• Las sanciones disponibles dentro del sistema disciplinario interno de la organización son débiles y dejan generalmente a los perpetradores de abuso sexual infantil en la organización y en la comunidad.
• Al decidir las sanciones a imponer y/o las precauciones que deben tomarse en relación con un perpetrador conocido o sospechoso, la organización no tiene en cuenta el riesgo de que ese perpetrador pueda reincidir. Esto demuestra una seria falta de comprensión de la naturaleza y el impacto del abuso sexual infantil.
• La práctica general de la organización de no denunciar casos graves de abuso sexual infantil a la policía o a las autoridades - en particular, cuando el demandante es un niño - demuestra que la organización no está en condiciones de garantizar la seguridad y la protección de los niños en la organización y en la comunidad.
https://www.childabuseroyalcommission.go...tudy-No-29
https://vidamasallajw.blogspot.com.es/20...re-jw.html
Teniendo en cuenta las diversas cuestiones que hemos tratado en este informe, hemos llegado a varias conclusiones generales sobre la respuesta de la organización de los Testigos de Jehová al abuso sexual infantil.
No consideramos que la organización de los Testigos de Jehová sea una organización que responda adecuadamente al abuso sexual infantil. No creemos que los niños estén adecuadamente protegidos del riesgo de abuso sexual por los siguientes motivos:
• La organización se basa en políticas y prácticas anticuadas para responder a alegaciones de abuso sexual de menores. Además, esas políticas y prácticas no están sujetas a una revisión continua y regular. Las políticas y prácticas son, en general, totalmente inadecuadas y no aptas para la aplicación en casos de abuso sexual infantil. La retención y aplicación continua por parte de la organización de políticas como la regla de los dos testigos en casos de abuso sexual infantil, muestra una seria falta de entendimiento de la naturaleza del abuso sexual infantil.
• El sistema disciplinario interno de la organización para atender las demandas de abuso sexual infantil no está centrado en los niños ni en los supervivientes, puesto que está presidido por hombres y ofrece al superviviente poca o ninguna elección sobre cómo se atienden sus demandas.
• Las sanciones disponibles dentro del sistema disciplinario interno de la organización son débiles y dejan generalmente a los perpetradores de abuso sexual infantil en la organización y en la comunidad.
• Al decidir las sanciones a imponer y/o las precauciones que deben tomarse en relación con un perpetrador conocido o sospechoso, la organización no tiene en cuenta el riesgo de que ese perpetrador pueda reincidir. Esto demuestra una seria falta de comprensión de la naturaleza y el impacto del abuso sexual infantil.
• La práctica general de la organización de no denunciar casos graves de abuso sexual infantil a la policía o a las autoridades - en particular, cuando el demandante es un niño - demuestra que la organización no está en condiciones de garantizar la seguridad y la protección de los niños en la organización y en la comunidad.
https://www.childabuseroyalcommission.go...tudy-No-29
https://vidamasallajw.blogspot.com.es/20...re-jw.html