24 Mar, 2025, 02:21 AM
Tengo una curiosidad... la del título.
En los años 90 y principios del 2000, en mi faceta de Anciano participé en varios nombramientos tanto de SM como A. Los requisitos los conocéis, los delineados por Pablo en sus epístolas a Timoteo y Tito. Pero… había uno que no estaba allí y tenía capital importancia: el candidato tenía que informar en el ministerio del campo una actividad igual o superior a la media nacional. Por aquel entonces, en España, la cosa andaba por las 12 horas/mes.
Eso era nuclear. ¡Cuántas congregaciones se quedaron, por ese motivo, sin buenas personas en el puesto de Anciano, con trabajos seglares de gran impacto en sus vidas, dedicadas en cuerpo y alma a sus familia y a sus congregaciones, pero… no llegaban a la media nacional!
En una de las visitas del SC, cuando en la reunión de A y SM, se retiran los SM y el SC se queda sólo con los A tuve una pelotera con el SC. Yo preguntaba por qué se pedía un requisito para el nombramiento de A, el informar como mínimo la media nacional, cuando en la Biblia dicho requisito no aparecía por ningún lado. Ni aparecía lo de predicar y mucho menos lo de la media nacional. Saltaron muchas chispas y en la cabeza del SC se instaló un alto grado de mosqueo sobre mi persona al poner en tela de juicio el criterio del CG-EFP.
Dado que desde hace unos meses, para la inmensa mayoría de los mortales, se ha quitado la obligación de señalar en el informe mensual el número de horas que ha predicado me surgen las siguientes preguntas (es una curiosidad, no tiene mas relevancia): ahora ¿cómo se hace para el nombramiento de A? ¿Se habla en la reunión del SC con los A de ese aspecto en particular o ya ha sido apartado definitivamente de las conversaciones? ¿Se tiene en cuenta, no sé, si ha participado en el último año en alguna ocasión como PR Auxiliar?
¿Podéis contarnos como está este asunto en la actualidad?
Quinto Mucio Escévola
En los años 90 y principios del 2000, en mi faceta de Anciano participé en varios nombramientos tanto de SM como A. Los requisitos los conocéis, los delineados por Pablo en sus epístolas a Timoteo y Tito. Pero… había uno que no estaba allí y tenía capital importancia: el candidato tenía que informar en el ministerio del campo una actividad igual o superior a la media nacional. Por aquel entonces, en España, la cosa andaba por las 12 horas/mes.
Eso era nuclear. ¡Cuántas congregaciones se quedaron, por ese motivo, sin buenas personas en el puesto de Anciano, con trabajos seglares de gran impacto en sus vidas, dedicadas en cuerpo y alma a sus familia y a sus congregaciones, pero… no llegaban a la media nacional!
En una de las visitas del SC, cuando en la reunión de A y SM, se retiran los SM y el SC se queda sólo con los A tuve una pelotera con el SC. Yo preguntaba por qué se pedía un requisito para el nombramiento de A, el informar como mínimo la media nacional, cuando en la Biblia dicho requisito no aparecía por ningún lado. Ni aparecía lo de predicar y mucho menos lo de la media nacional. Saltaron muchas chispas y en la cabeza del SC se instaló un alto grado de mosqueo sobre mi persona al poner en tela de juicio el criterio del CG-EFP.
Dado que desde hace unos meses, para la inmensa mayoría de los mortales, se ha quitado la obligación de señalar en el informe mensual el número de horas que ha predicado me surgen las siguientes preguntas (es una curiosidad, no tiene mas relevancia): ahora ¿cómo se hace para el nombramiento de A? ¿Se habla en la reunión del SC con los A de ese aspecto en particular o ya ha sido apartado definitivamente de las conversaciones? ¿Se tiene en cuenta, no sé, si ha participado en el último año en alguna ocasión como PR Auxiliar?
¿Podéis contarnos como está este asunto en la actualidad?
Quinto Mucio Escévola
"Explicaciones extraordinarias requieren evidencias extraordinarias y lo que puede ser afirmado sin pruebas, puede ser rechazado sin pruebas" (Christopher Eric Hitchens)