25 Dec, 2019, 12:01 AM
En 1998 se les envió una Carta a los Superintendentes de Circuito...
En una sección de la Carta se dijo lo siguiente:
Esta Carta es MUY importantes, ya que muestra que la Organización es CULPABLE, al instruir sobre NO informar a los "Ancianos" de la nueva Congregación cuando el abusador se mudaba...
Fuente aquí (Ingles)...
En una sección de la Carta se dijo lo siguiente:
Cita:Antiguos abusadores de niños que se mudan: 14 de marzo de 1997, carta 10 cuerpos de ancianos, página 2, párrafo 3, da la siguiente dirección con respecto a un antiguo abusador de menores que se muda:
"El Secretario debe escribir en nombre de los ancianos al cuerpo de ancianos de la nueva congregación y ayudarlo". Tenga en cuenta una excepción a esta dirección:
Los ancianos pueden haber escrito a la Sucursal y dado detalles completos sobre un ex abusador de niños que actualmente se desempeña como servidor ministerial. En tal caso, si la Sucursal ha decidido que puede continuar sirviendo en una posición de confianza porque el pecado ocurrió hace muchos años y porque ha vivido una vida ejemplar desde entonces, no será necesario transmitir información sobre el pecado pasado de su hermano si se muda a otra congregación. Haga que los ancianos tomen nota de esta aclaración durante sus visitas.
Esta Carta es MUY importantes, ya que muestra que la Organización es CULPABLE, al instruir sobre NO informar a los "Ancianos" de la nueva Congregación cuando el abusador se mudaba...
Fuente aquí (Ingles)...