02 Mar, 2021, 11:39 AM
¿Qué pecado es más grave para la Watchtower?
Considere las siguientes preguntas y respuestas, hemos tomado 3 ejemplos: Apostasía, fornicación / adulterio y Abuso de menores. Juzgue usted mismo.
1. ¿Se toma en cuenta las pruebas circunstanciales?
• Apostasía: Sí, incluso con el testimonio de un solo testigo que haya escuchado o sospechado del asunto.
• Fornicación / Adulterio: Sí; si dos personas del sexo opuesto pasan la noche en un mismo lugar sin justificación (por ejemplo, un patrón y su empleada en un hotel, aunque aún no esté claro si durmieron en la misma habitación) o que se pase la noche en la casa de un /un homosexual declarado. Esta evidencia circunstancial incluso permite que el cónyuge "inocente" se divorcie y no sea mal visto ante los ancianos.
• Abuso de menores: No, la evidencia circunstancial no es relevante. Se necesitan dos testigos para proceder judicialmente. ¿Qué hay si por ejemplo se admite que el acusado cuidaba del menor en ausencia de sus padres? Aun así, no sirve el solo testimonio del menor.
2. ¿Se toman represalias contra la persona acusada, aunque no haya sido demostrada su culpabilidad?
• Apostasía: Sí, aunque el acusado no haya admitido su culpabilidad se advertirá al rebaño de tener cuidado con él, los ancianos no dudarán en exponer su nombre para advertir.
• Fornicación / Adulterio: No, si la persona niega los hechos y no hay más pruebas o testimonios se archiva el caso.
• Abuso de menores: No, si la persona niega los hechos y no hay más pruebas o testimonios se archiva el caso. Lo que es peor, no se puede advertir con nombre y apellido a los demás padres sobre la identidad del acusado.
3. ¿Qué sucede si la persona acusada ya lleva varios años alejada de la congregación?
• Apostasía: Se le puede citar judicialmente, aunque ya no se le identifique con la congregación.
• Fornicación / Adulterio: No se le cita a comparecer judicialmente, solo se hace un informe interno, se archiva el caso y se espera que si algún día vuelve la persona se aclare el asunto con ella.
• Abuso de menores: No se le cita a comparecer judicialmente, aunque se avisa a la sucursal, es muy poco probable que la persona sea denunciada a las autoridades.
4. ¿Qué sucede si el que comete el pecado es publicador no bautizado?
• Apostasía: Se le retira el privilegio, los ancianos serán sumamente cautelosos en volver a nombrarlo publicador.
• Fornicación / Adulterio: Se le retira el privilegio, pero después de unos meses, puede que se los vuelvan a conceder, puede progresar hasta el bautismo.
• Abuso de menores: Se le retira el privilegio, pero se le permitirá seguir asistiendo a la congregación, puede progresar hasta el bautismo.
5. ¿Cuánto tiempo permanece expulsada la persona que practicó este pecado?
• Apostasía: El tiempo que lo desee el comité judicial, incluso toda la vida.
• Fornicación / Adulterio: El tiempo que lo desee el comité judicial, generalmente un año.
• Abuso de menores: El tiempo que lo desee el comité judicial, es increíble que a una persona así se le permita reintegrarse a la congregación.
6. ¿Qué sucede si el acusado no asiste al comité judicial?
• Apostasía: Aunque supuestamente se deja el caso pendiente, la experiencia muestra que se juzga al acusado en su ausencia.
• Fornicación / Adulterio: Se deja el caso pendiente.
• Abuso de menores: Se deja el caso pendiente, si el menor abusado ya no está en contacto directo con su agresor, no se denuncia el caso.
7. ¿Cómo determina el comité que hay arrepentimiento sincero?
• Apostasía: El comité no está interesado en contestar bíblicamente sus cuestiones, su único interés es saber si acepta a la organización y al cuerpo gobernante como una bendición.
• Fornicación / Adulterio: Toman en cuenta principalmente el número de veces que se practicó el pecado.
• Abuso de menores: Si el acusado asegura que siente profundamente lo que hizo, podrá permanecer en la congregación, así haya cometido varias veces el pecado.
8. ¿Este pecado lleva a concluir que la persona se ha desasociado?
• Apostasía: Si la persona pasa a formar parte de otra denominación religiosa o celebra fiestas que se consideran contrarias a la biblia se considerará que ella misma se desasoció.
• Fornicación / Adulterio: No por sí mismo, a menos que la persona exprese solícitamente su deseo de ya no ser reconocido como testigo de Jehová.
• Abuso de menores: No por sí mismo, aunque este pecado es repugnante, quien lo cometió tiene mayor posibilidad que un "apóstata" de seguir perteneciendo a la congregación.
Juzgue por usted mismo.
Considere las siguientes preguntas y respuestas, hemos tomado 3 ejemplos: Apostasía, fornicación / adulterio y Abuso de menores. Juzgue usted mismo.
1. ¿Se toma en cuenta las pruebas circunstanciales?
• Apostasía: Sí, incluso con el testimonio de un solo testigo que haya escuchado o sospechado del asunto.
• Fornicación / Adulterio: Sí; si dos personas del sexo opuesto pasan la noche en un mismo lugar sin justificación (por ejemplo, un patrón y su empleada en un hotel, aunque aún no esté claro si durmieron en la misma habitación) o que se pase la noche en la casa de un /un homosexual declarado. Esta evidencia circunstancial incluso permite que el cónyuge "inocente" se divorcie y no sea mal visto ante los ancianos.
• Abuso de menores: No, la evidencia circunstancial no es relevante. Se necesitan dos testigos para proceder judicialmente. ¿Qué hay si por ejemplo se admite que el acusado cuidaba del menor en ausencia de sus padres? Aun así, no sirve el solo testimonio del menor.
2. ¿Se toman represalias contra la persona acusada, aunque no haya sido demostrada su culpabilidad?
• Apostasía: Sí, aunque el acusado no haya admitido su culpabilidad se advertirá al rebaño de tener cuidado con él, los ancianos no dudarán en exponer su nombre para advertir.
• Fornicación / Adulterio: No, si la persona niega los hechos y no hay más pruebas o testimonios se archiva el caso.
• Abuso de menores: No, si la persona niega los hechos y no hay más pruebas o testimonios se archiva el caso. Lo que es peor, no se puede advertir con nombre y apellido a los demás padres sobre la identidad del acusado.
3. ¿Qué sucede si la persona acusada ya lleva varios años alejada de la congregación?
• Apostasía: Se le puede citar judicialmente, aunque ya no se le identifique con la congregación.
• Fornicación / Adulterio: No se le cita a comparecer judicialmente, solo se hace un informe interno, se archiva el caso y se espera que si algún día vuelve la persona se aclare el asunto con ella.
• Abuso de menores: No se le cita a comparecer judicialmente, aunque se avisa a la sucursal, es muy poco probable que la persona sea denunciada a las autoridades.
4. ¿Qué sucede si el que comete el pecado es publicador no bautizado?
• Apostasía: Se le retira el privilegio, los ancianos serán sumamente cautelosos en volver a nombrarlo publicador.
• Fornicación / Adulterio: Se le retira el privilegio, pero después de unos meses, puede que se los vuelvan a conceder, puede progresar hasta el bautismo.
• Abuso de menores: Se le retira el privilegio, pero se le permitirá seguir asistiendo a la congregación, puede progresar hasta el bautismo.
5. ¿Cuánto tiempo permanece expulsada la persona que practicó este pecado?
• Apostasía: El tiempo que lo desee el comité judicial, incluso toda la vida.
• Fornicación / Adulterio: El tiempo que lo desee el comité judicial, generalmente un año.
• Abuso de menores: El tiempo que lo desee el comité judicial, es increíble que a una persona así se le permita reintegrarse a la congregación.
6. ¿Qué sucede si el acusado no asiste al comité judicial?
• Apostasía: Aunque supuestamente se deja el caso pendiente, la experiencia muestra que se juzga al acusado en su ausencia.
• Fornicación / Adulterio: Se deja el caso pendiente.
• Abuso de menores: Se deja el caso pendiente, si el menor abusado ya no está en contacto directo con su agresor, no se denuncia el caso.
7. ¿Cómo determina el comité que hay arrepentimiento sincero?
• Apostasía: El comité no está interesado en contestar bíblicamente sus cuestiones, su único interés es saber si acepta a la organización y al cuerpo gobernante como una bendición.
• Fornicación / Adulterio: Toman en cuenta principalmente el número de veces que se practicó el pecado.
• Abuso de menores: Si el acusado asegura que siente profundamente lo que hizo, podrá permanecer en la congregación, así haya cometido varias veces el pecado.
8. ¿Este pecado lleva a concluir que la persona se ha desasociado?
• Apostasía: Si la persona pasa a formar parte de otra denominación religiosa o celebra fiestas que se consideran contrarias a la biblia se considerará que ella misma se desasoció.
• Fornicación / Adulterio: No por sí mismo, a menos que la persona exprese solícitamente su deseo de ya no ser reconocido como testigo de Jehová.
• Abuso de menores: No por sí mismo, aunque este pecado es repugnante, quien lo cometió tiene mayor posibilidad que un "apóstata" de seguir perteneciendo a la congregación.
Juzgue por usted mismo.