derecho canonico y trato del hereje:
segun derecho canonico, los herejes han de ser enjuiciados y de ser hayados culpables, hay pena de muerte. (sinodo de verona, 1184), mas la pena ha de ejecutarse, por via SECULAR.
en caso de herejia y negacion de la misma, se puede aplicar tortura hasta lograr la confesion. (Sinodo de Tolousse 1229). esta es aplicada pro los frailes y obispos locales. tras la confesion, se lleva ante las autoridades locales para aplicar la pena correspondiente.
las penas de herehia tmabien podian aplicar a LIBROS u objetos inanimados. (!!!!)
debido a las muertes prematuras por las torturas, y que muchos morian quemados en la confesion, se establecio el tribunal del santo oficio (Inquisicion) que despues se derogo e instituyo la Congregación para la Doctrina de la Fe, y el Índice de libros prohibidos dejó de existir el 14 de junio de 1966 paralelamente...
enre las linduras de la herejia, estaba que quien no denunciase al hereje, compartia la herejia.
diran... pero si ya no ejerce la inquisición! falso, las normas y penas siguen vigentes. loq ue pasa es que como ha de ser entregado el hereje a manos de autoridades civiles, y como no hay legalmente nada que impida la herejía en las leyes civiles, el hereje queda libre. por si desean una teocracia, piénsenlo!
ademas, de ejecutar una sentencia pro sospecha el tribunal la congregacion apra la Fe, esta no tendria otro resultado que la condena publica y entonces se acaba la iglesia local... salvo donde los pueblos aun tiene preponderancia la iglesia católica... como el caso de Chiapas, Mexico.
por otro asunto... se entiende por “hereje” a quien lo es formalmente, pero también a quien tiene dudas positivas, o sea, aquel cuyas dudas tienen el soporte de argumentos de razón (Constitución “Apostolicae sedis”, 1869).
Los creyentes (credentes) en la herejía son aquellas personas que, sin someter su doctrina a examen, manifiestan un asentimiento general respecto a las enseñanzas de una secta.; los favorecedores (fautores) son aquellos que por omisión o comisión le brindan apoyo a la herejía y con ello favorecen su difusión. Los acogedores y defensores son quienes brindan a los herejes refugio en contra de los rigores de la ley. (2) “Excomunión reservada especialmente al Romano Pontífice, en la que incurren todos aquellos que, sin autorización de la Sede Apostólica, leen libros de los apóstatas o de herejes, en los que se defiende la herejía. Así mismo, los lectores de libros de autores prohibidos explícitamente en cartas apostólicas, o quienes posean, impriman o defiendan tales obras” (Apost. Sedis, 1890). Leer “a sabiendas” (scienter) implica que el lector sabe que el libro que lee es obra de un hereje, o que defiende una herejía, y que es, por tanto una obra prohibida.
en lo anterior cae, CASI todo libro cientifico... y aun cuando el mismo papa haya autorizado la lectura, mientras en concilio no sea decretado lo opuesto, sigue siendo herejia... como Darwin, Galileo, geologia en general(afirma que hay rocas de millones de años), libros de medicina (casi todos!) etc...
en fin... a los creyentes se les desaconseja, bajo posible proscripcion (excomunion, retiro de participar en cualquier ritual) el incluso hablar con los herejes...
Si Lucifer fue capaz de incitar una rebelión en el cielo, eso significa celos, envidia y violencia en el cielo pese a prometerte un paraíso perfecto