09 Jul, 2019, 11:05 AM
(08 Jul, 2019, 06:24 AM)boxer69 escribió: En el párrafo 15 de la Atalaya: El amor y la justicia ante la maldad, dice muy claro que la regla de los dos testigos no aplica en el caso de un abuso de menores.
Mi pregunta es ¿Desde cuando no aplica?, ¿desde que ha salido este artículo o anteriormente ya había alguna información al respecto?
Nada ha cambiado. Hay que fijarse que están hablando de dos ámbitos distintos.
15 En la congregación, ¿por qué se necesitan al menos dos testigos para que los ancianos puedan iniciar una acción judicial? Porque así lo dice la Biblia. Esta es una de sus elevadas normas justas. Cuando el pecador no confiesa su pecado, hacen falta dos testigos oculares para demostrar la acusación y que los ancianos puedan iniciar una acción judicial (Deut. 19:15; Mat. 18:16; lea 1 Timoteo 5:19). ¿Significa esto que son necesarios dos testigos para poder denunciar ante las autoridades un supuesto abuso? No. Esta norma no es aplicable cuando los ancianos o cualquier otra persona quieren denunciar un supuesto delito.
Nota que la primera parte del párrafo está hablando de tomar medidas dentro de la congregación. La segunda parte, después de los textos bíblicos, está hablando de denunciar ante las autoridades, en ese caso no hacen falta los dos testigos.
Las instrucciones más recientes, así como los cambios y demás documentación oficial la encuentras en Abuso de menores - Instrucciones a los cuerpos de ancianos.
Ubi dubium ibi libertas (Donde hay dudas hay libertad)
"La verdad nunca teme ser examinada, la mentira sí."