30 May, 2017, 07:33 PM
En términos prácticos, además de lo ya señalado por nuestros acertados foristas, es que es " UNA REPRIMENDA PÚBLICA", de alguien que desprecia las normas de la Organización, pero que con tal acción no está en la línea de participar en algún pecado. ( o por lo menos no comprobado). Como por ejemplo, algún testigo bautizado que sale con un incrédulo ( no se les ve noviando ni besándose ni abrazándose, simplemente salen con frecuencia, quizá para iniciar una relación ).
O algún testigo que hace fraudes ( maquillados de negocios o tratos lícitos), pero que en el fondo tiene la intención de aprovecharse de los demás.
Como no son pecados las conductas anteriores, pero son actividades mal vistas, quizá hasta escandalosas ( saben muchos testigos del asunto ). Por eso se da el discurso de advertencia.
Pero no son tan imbeciles los de la WT como para decir el nombre de la persona en el discurso de advertencia, pues alguien podría demandar legalmente tanto al anciano que da el discurso, como a la WT, si las leyes del país lo permiten, primero por usar sin permiso el nombre de la persona implicada para exponer una falta en público ( ley de protección de datos personales ), y segundo por denigrar y exponer la vida privada de las personas en público.
No cabe duda de que los de la sociedad WT son unos caraduras, y no se arriesgan a ser demandados, por eso la instrucción es no mencionar el nombre de la persona.
Pero que se puede esperar de una secta destructiva ?...
O algún testigo que hace fraudes ( maquillados de negocios o tratos lícitos), pero que en el fondo tiene la intención de aprovecharse de los demás.
Como no son pecados las conductas anteriores, pero son actividades mal vistas, quizá hasta escandalosas ( saben muchos testigos del asunto ). Por eso se da el discurso de advertencia.
Pero no son tan imbeciles los de la WT como para decir el nombre de la persona en el discurso de advertencia, pues alguien podría demandar legalmente tanto al anciano que da el discurso, como a la WT, si las leyes del país lo permiten, primero por usar sin permiso el nombre de la persona implicada para exponer una falta en público ( ley de protección de datos personales ), y segundo por denigrar y exponer la vida privada de las personas en público.
No cabe duda de que los de la sociedad WT son unos caraduras, y no se arriesgan a ser demandados, por eso la instrucción es no mencionar el nombre de la persona.
Pero que se puede esperar de una secta destructiva ?...
Testigo en activo desprogramado.