Hace 6 horas
En España hay un sueldo minimo " por cuenta ajena que trabaje 40 horas semanales serán esos 1.221 euros brutos en 14 pagas (17.094 euros brutos anuales). https://www.caixabank.com/es/esfera/cont...minimo-smi
de enero de 2026"
Real Decreto 126/2026 establece el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 en 1.221 € brutos al mes en 14 pagas (17.094 € anuales), un 3,1% más que en 2025. Esta subida, vigente con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026
Según lo anterior sale a pagar unos 415,-E mes de cotización, aparte del sueldo mínimo.
Pero esto suponiendo que los tengan declarados a jornada completa, una 40 h. semana.
Como autonomos la cotización es diferente, 200 € a 590 €, en función de los ingresos del religioso.
Su congregación se encarga del abono, aunque éste es a título personal
"Por último, ¿deben los religiosos ocuparse de realizar los trámites con la Administración, como gestionar su alta en el RETA? Desde la sede religiosa detallaron que, en la práctica, son sus congregaciones religiosas “las que gestionan el alta de cada uno de los miembros, aunque oficialmente las cotizaciones son obligación de cada uno. De hecho, hasta hace muy poco, en los monasterios de clausura las religiosas no tenían cuenta corriente personal, por lo que han tenido que abrir una para sus relaciones con la Seguridad Social”, concluyeron a este medio".
https://www.autonomosyemprendedor.es/art...31922.html
No sé cuanto cobra "un ministro" de los tjs., pero se dicen equiparados a los de la Iglesia Catolica.
de enero de 2026"
Real Decreto 126/2026 establece el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 en 1.221 € brutos al mes en 14 pagas (17.094 € anuales), un 3,1% más que en 2025. Esta subida, vigente con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026
Según lo anterior sale a pagar unos 415,-E mes de cotización, aparte del sueldo mínimo.
Pero esto suponiendo que los tengan declarados a jornada completa, una 40 h. semana.
Como autonomos la cotización es diferente, 200 € a 590 €, en función de los ingresos del religioso.
Su congregación se encarga del abono, aunque éste es a título personal
"Por último, ¿deben los religiosos ocuparse de realizar los trámites con la Administración, como gestionar su alta en el RETA? Desde la sede religiosa detallaron que, en la práctica, son sus congregaciones religiosas “las que gestionan el alta de cada uno de los miembros, aunque oficialmente las cotizaciones son obligación de cada uno. De hecho, hasta hace muy poco, en los monasterios de clausura las religiosas no tenían cuenta corriente personal, por lo que han tenido que abrir una para sus relaciones con la Seguridad Social”, concluyeron a este medio".
https://www.autonomosyemprendedor.es/art...31922.html
No sé cuanto cobra "un ministro" de los tjs., pero se dicen equiparados a los de la Iglesia Catolica.
“La luz excesiva es la mayor oscuridad… " Peer Gynt de Henrik Ibsen


